Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
PROYECTO DE GRADO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 262 La IAGM revisara el formulario del RAI en el plazo de cinco días para industrias en proyecto y diez días para industrias en operación, al cabo de los cuales el representante legal deberá recabar en operación, al cabo de los cuales el representante legal deberá recabar su notificación de categorización. Según el artículo 23 del RASIM, la IAGM categorizara a las industrias sobre la base del anexo 1; para las industrias en proyecto corresponde lo siguiente: Categorías 1 y 2, requieren de un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) y un Plan de Manejo ambiental (PMA). Categoría 3, requieren de una Descripción del Proyecto y plan de Manejo Ambiental. Categoría 4, no requieren cumplir con las disposiciones de los capítulos II, III, IV, V, VI y VII del título III del RASIM. Si una industria tiene más de un rubro de producción, la IAGM la categorizara en función de la Subclase de mayor riesgo de contaminación del Anexo 1 del RASIM. 11.2.4. Registro Ambiental Industrial Se crea el RAI como instrumento de regularización de alcance particular para el registro, y conjuntamente con el anexo 1, para la categorización de las unidades industriales del sector industrial manufacturero. Este formulario consta de tres secciones: La primera (inicial) y segunda (Sección A) se proporcionan a la industria en la primera etapa del registro para ser llenado y presentado por el responsable de la unidad industrial. La tercera (Sección B) corresponde al llenado por parte de la instancia Ambiental del Gobierno Municipal en la segunda etapa del registro.
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw