Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
85 indica que El Gobierno Municipal tiene las siguientes competencias, atribuciones y funciones 130 : - La Autoridad Competente para la administración y la regulación de áridos y agregados, está constituida por los Gobiernos Municipales, en coordinación y consenso con las organizaciones campesinas, originarias, indígenas, de regantes y con las comunidades colindantes con los ríos. - El Gobierno Municipal a través del Concejo Municipal, en el marco de su competencia, cumplirá con las funciones normativas, fiscalizadoras y deliberantes, en relación a las políticas de administración y regulación de aprovechamiento y explotación de áridos y agregados, en coordinación con el Órgano Regulador. - El Alcalde Municipal, en su calidad de Máxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Municipal, cumplirá la función de administrar y ejecutar las ordenanzas municipales referidas a la materia, objeto del presente reglamento. El Reglamento ambiental para el aprovechamiento de áridos y agregados (RRAA), 22 de abril de 2009 que tiene por objeto regular y establecer los límites y procedimientos ambientales para la explotación de áridos y agregados, durante las fases de implementación, operación, cierre, rehabilitación y abandono de actividades. Para efectos del presente Reglamento, el aprovechamiento de áridos y agregados se entiende como la explotación racional y sostenible de áridos y agregados, actividad no minera de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Nº 3425, de 20 de junio de 2006. 131 Los requisitos para la Licencia Ambiental se encuentran en ver en ANEXOS Nro. 1 130 http://www.lexivox.org/norms/BO-RE-DSN91.xhtml C onsultado el 15/03/2016 13 1 http://www.lexivox.org/norms/BO-RE-DSN91A.html C onsultado el 15/03/2016
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