Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

125 obligatoriamente debe efectuarse por tales conceptos, será de acuerdo al cálculo practicado por al Administrador-Secretario. Art.54.- El incumplimiento de las cuotas correspondiente, dentro del término de _______- días a partir de la notificación escrita que ser cursada en cada caso, dará lugar a la ejecución judicial, sin perjuicio del pago de iterases legales y la imposición de daños y perjuicios. CAPÍTULO XIII GRAVÁMENES Y SERVIDUMBRES Art.55.- De conformidad a la previsto por el Art. 9 de la Ley de 30 de diciembre de 1949, sobre régimen de propiedad horizontal, el propietario de cada local, oficina, vivienda, departamento o piso, podrá hipotecarlo o gravarlo libremente, entendiéndose que cualquier enajenación, transmisión o hipoteca, de acuerdo a lo que previene el parágrafo II del Art. 185 del Código Civil vigente, comprende también la parte de los bienes comunes que le en la proporción asignada en el receptivo título de propiedad. Art.56.- La disposición anterior significa que, lo que es de propiedad común no puede ser enajenado o gravado independientemente, por cuanto que todo ello va adherido al local, oficina, vivienda, departamento o piso que cada uno tiene en proporción al valor de su valor derecho de propiedad. Art.57.- En los casos en que se proceda a la división del inmueble del cual forma por una, oficina, vivienda, departamento o piso subsistirá el gravamen o hipoteca, sin que para ello se requiere el consentimiento de los propietarios de los demás departamentos, locales o pisos.

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