Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

33 2.4.2.5.6.7 Art. 656 Todo edificio multifamiliar podrá construir su planta baja sobre pilares (planta baja libre) igualmente podrá dejar una planta intermedia libre de obstáculos, destinada al área de recreación del edificio o a la construcción de jardines sin ninguna restricción. Los edificios construidos sobre pilares deberán sujetarse a las siguientes normas: a) Los volúmenes cerrados que correspondan a cajas de escalera, ascensores y otras no podrán superar en conjunto más del 40% del área de planta alta. b) La planta baja deberá destinar el 50% de su superficie total, que será medida a partir de la proyección de la primera planta alta, a piso o calzada destinada a peatones o vehículos. c) Es obligatorio destinar un área útil nunca inferior a 20 M² para habitación del sereno cuando un bloque de carácter condominial tenga más de 6 departamentos en total.

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