Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
17 CAPITULO I: FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA Y CONCEPTUAL 1.1 Definición La palabra centro proviene del latín centrum, que hace referencia al “lugar donde es más intensa una actividad, igualmente una siguiente definición menciona que es donde se reúnen los miembros de una sociedad” (Lexus, 2006, p.200), por otro lado, la Real Academia Española (RAE) lo define como el “punto o calles más concurridos de una población o en los cuales hay más actividad cultural, comercial o burocrática”. Investigar proviene del latín vestigare que hace mención a hallar o indagar. Por otro lado, la RAE define investigación como el “fin de ampliar el conocimiento científico, sin perseguir, en principio, ninguna aplicación práctica”. El diccionario Lexus (2006, p.504) describe la palabra investigar como “hacer actividades de modo sistemático con el propósito de averiguar sobre una determinada materia”. Rocha (2017) define que la “investigación es un proceso de carácter creativo que pretende encontrar repuestas a problemas trascendentales, mediante la construcción teoriza el objeto de investigación, o por medio de la introducción, innovación y desarrollo de tecnologías”. Por otro lado, Cheesman de Rueda define investigación como: El proceso de producción de nuevos conocimientos (científicos y no científicos). Nunca puede ser una observación incidental, casual, puesto que es una actividad conformada de: Observación selectiva y localizada, por tratarse de la búsqueda de información esencial, ya sea sobre un fenómeno (hecho o proceso) o sobre una materia, siempre desde una comparación con un marco de referencia, ya sea constituido por experiencias anteriores o por una conceptualización o una teoría y siempre por medio de un método, más (científico) o menos sistematizado (Cheesman, 2011, s/n). La UNESCO, define cultura como “conjunto distintivo de una sociedad o grupo social en el plano espiritual, material, intelectual y emocional comprendiendo el arte, la literatura, los estilos de vida, los modos de vida común, los sistemas de valores, las tradiciones y creencias” (Unesco, 2011, p.10). Por otra parte, la Ley de Patrimonio Cultural Boliviano define patrimonio cultural inmaterial como:
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