Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
23 Capitulo IV Derechos sociales y económicos Sección VII: Derechos de las personas adultas mayores Articulo 67 Además de los derechos reconocidos en esta constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho de una vejez digna, con calidad y calidez humana. El estado proveerá una renta vitalicia de vejez en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la ley. Articulo 68 El Estado adoptara políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades. Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores. Articulo 69 Los beneméritos de la patria merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del estado una pensión vitalicia, de acuerdo a la ley. 1.5. Análisis del usuario El censo de la población indica que el 21,3% es adulta mayor en Santa Cruz de la Sierra, esta cifra equivale a 226,717 habitantes considerados ancianos, por lo tanto, el 0,79% de la población adulta es la que se encuentra en diferentes centros de acogida en Santa Cruz de la Sierra. Que esta equivale a 1800 personas de la población adulta.
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