Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Universidad Católica Boliviana “San Pablo” FROZEN FOOD S.R.L 258 CLAUSULA NOVENA (Rescisión del contrato laboral): La empresa podrá rescindir el presente contrato de trabajo en forma unilateral cuando el trabajador haya incumplido cualquiera de las clausulas aquí estipuladas, cuando incumpla cualquiera de sus funciones, horario, indicaciones u órdenes, ya sea que fuesen indicadas de manera verbal o escrita por su supervisor, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario y en el Decreto Supremo 07188. CLAUSULA DECIMA (Premios y Bonificaciones): No quedan estipulados en este contrato las bonificaciones o premios por incremento de ventas debido a que no cuentan con valor legal para las partes, sin embargo se harán efectivas siempre y cuando la empresa cuente con gran solvencia y altos periodos de ganancias, debidamente determinados y afirmados por su Administrador General. CLAUSULA DECIMA PRIMERA (Documentación): Formara parte del presente contrato de trabajo laboral la cedula de Identidad del trabajador, certificado de nacimiento, última factura de luz o agua de la vivienda. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA (Conformidad): Nosotros, por una parte Empresa FROZEN FOOD S.R.L representada legalmente por…………………….. en calidad de Administrador General y ……………………… y en su calidad de trabajador firmamos el presente contrato en conformidad a todas y cada una de las clausulas estipuladas y nos obligamos a su estricto cumplimiento. Santa Cruz, Bolivia 2011
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