Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

7 vacaciones y se presente un asunto particular de suma urgencia que a criterio de la Empresa sea justificable. CAPÍTULO IX DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ARTÍCULO 30°.-(DERECHOS). Los Empleados de la Empresa gozan de los siguientes derechos: a) Recibir de parte de sus superiores jerárquicos un trato apropiado dentro de los principios de dignidad personal, respeto mutuo y ética funcionaria; b) Ser promovido de acuerdo a su eficiencia y resultado. c) Percibir la remuneración correspondiente a su nivel de categoría que, en ningún caso, será inferior al salario mínimo nacional; d) Percibir aguinaldos, incentivos y beneficios establecidos por disposiciones legales; e) Dentro de los términos de ley, ser afiliado a los regímenes de corto y largo plazo de la seguridad social de conformidad al Código de Seguridad Social y Ley de Pensiones. f) La empleada de la empresa FERROCOLOR SRL, durante el periodo de gestación y hasta el año de nacimiento de su hijo, gozará de inmovilidad en su puesto de trabajo y no podrá ser retirada por ningún motivo, salvo por infracciones al Art. 16 de la Ley General de Trabajo y al Art. 9 de su Reglamento; g) Gozar de protección de acuerdo a ley Nº 2033 de 29 de octubre de 1999, ante ofrecimientos o insinuaciones de sus superiores para obligarlos moral, psicológica y materialmente a atender sus requerimientos sexuales, afectando su libre elección; h) Acceder a cursos de capacitación inherente a su labor, de acuerdo a las previsiones y posibilidades de la institución; i) Disfrutar de los descansos y vacaciones establecidas por disposiciones legales y las que determine la Empresa, y a ser compensado de acuerdo a disposiciones legales en vigencia j) Obtener permisos y licencias con sujeción a las normas pertinentes del presente reglamento; y k) A los demás derechos y beneficios establecidos en normas y leyes vigentes.

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