Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
establecidas, podrán realizar sus propios despachos aduaneros de manera directa, o mediante un Despachante de Aduana, debidamente autorizado y afianzado que cumpla con lo establecido en el Artículo 51 del presente Reglamento.” VIII. Se modifica el Artículo 58 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado po r Decreto Supremo Nº 25870, de 11 de agosto de 2000, con el siguiente texto: “ARTÍCULO 58.- (OBLIGACIONES). Los Despachantes de Aduana y las Agencias Despachantes de Aduana, en el ejercicio de sus actividades deberán cumplir con todas las obligaciones que señala la Ley, el presente Reglamento y otras disposiciones legales aduaneras, especialmente con las siguientes: Ocuparse en forma diligente de las actividades que realice o en las que participe; Elaborar, suscribir y presentar las declaraciones de mercancías en la forma, oportunidad y en los medios que señale la Aduana Nacional y las disposiciones legales aduaneras; Llevar un libro de registro notariado y foliado, o listado impreso de registros informáticos notariado y foliado semestralmente, en los que se detallen cronológicamente los despachos aduaneros efectuados y los trámites inherentes a éstos, debiendo conservarlos por el término de prescripción de los tributos aduaneros. El contenido de los libros de registro o listados impresos, será reglamentado por la Aduana Nacional; Tener al momento de presentar las declaraciones de mercancías todos los documentos exigibles que amparen las mercancías cuyo despacho se solicita; Conservar en forma ordenada la documentación inherente a los despachos y operaciones aduaneras realizadas, hasta el término de la prescripción. Los documentos originales de soporte presentados a la administración tributaria, podrán ser conservados por la Administración Aduanera en la forma, plazos y condiciones que determine su máxima autoridad normativa; Legalizar fotocopias de los documentos originales que conserva en archivo, conforme al inciso anterior; Mantener vigentes las garantías que presente ante la Aduana Nacional, cumpliendo las reglas y montos establecidos en los Reglamentos, cuando corresponda;
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw