Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Universidad Católica Boliviana San Pablo Anexos Erick Gilmar Mayorga Caral 173 2.- Alcance Aplicable a toda área de trabajo donde el personal desarrolle sus actividades 3.- Definiciones y abreviaturas Equipo de protección personal (EPP) : todos los aditamentos y/o sustituto de la ropa de trabajo cuya función es estrictamente de protección a la persona contra uno o más riesgos de un trabajo específico. Artículo 374; Capitulo XII de la ley General de higiene, seguridad ocupacional y bienestar. Protección adicional destinado a proteger la integridad física del trabajador. Ropa de trabajo (RT) : prendas de vestir que, además de cumplir con la función básica de toda vestimenta, son las más aptas para realizar determinados trabajos por razón de su resistencia o diseño. Artículo 371; Capítulo XII de la Ley General de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar. Protección especial : Ropa de trabajo o EPP necesario para realizar trabajos específicos y/o de tiempo establecido. EPP Básico : Casco, carrilera y lentes EPP adicional : guantes, auditivos, máscara. EPP especial : Arnés, overol desechable, protector facial, lentes, auditivos de copa, entre otros. RT básico : Calzado, overol de trabajo, chompa polar, chaleco refractivo. RT adicional : Overol térmico, ropa impermeable, botas de goma con punta de acero. RT especial: Ropa de cuero (Trabajo en caliente). EPP desechable: no presenta tiempo de vida útil definido, es susceptible ante cualquier tipo de deterioro. Si se encuentra en mal estado, éste debe ser cambiado. Vigencia: Tiempo de vida útil mínimo del EPP. Dotación: entrega o provisión de EPP y RT.

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