Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
UCB San Pablo DISEÑO Y DESARROLLO DEL PSST MARÍA JOSÉ JUSTINIANO Z 175 5.12 MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL La NTS 009/18 exige que se tenga información acerca de los exámenes periódicos a los que son sometidos los trabajadores y al seguro al que se encuentran afiliados, de igual manera indica que se debe tener el cálculo de los índices de accidentalidad de acuerdo a cada área. 5.12.1 Afiliación a seguro y exámenes ocupacionales De acuerdo con la Ley 16998 (Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional) según lo establecido en el capítulo 6, todos los empleados de la empresa FRIMUP se encuentran afiliados a la Caja Petrolera de Salud por lo que hacen uso de los servicios brindados por esta institución. De igual manera, el Departamento de Bienestar Social del Gobierno Municipal de Santa Cruz se encarga de realizar periódicamente revisiones médicas a los trabajadores en la empresa las cuales incluyen medición de presión y medición de índice glicemia. 5.12.2 Cálculo estadístico de accidentes de trabajo Se observó que la empresa no cuenta con un formato para el cálculo de índices de accidentalidad (frecuencia, gravedad e incidencia) en las áreas de trabajo, por lo cual en el cuadro 19 se propone un formato para el cálculo de estos índices. Para el cálculo de estos datos se deben tener en cuenta las siguientes fórmulas: ➢ Índice de frecuencia: Es el número de accidentes ocurridos en un determinado número de horas trabajadas por un millón. . . = # ℎ × 10 6 ➢ Índice de gravedad: Son las jornadas perdidas a consecuencia de accidentes con bajas, ocurridos en un determinado número de horas trabajadas. . . = # í ℎ × 10 3
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